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SueƱo americano

Cómo evitar estafas relacionadas con el reciente anuncio de inmigración

Por Gema de las Heras
August 2024
Últimamente, hay mucha información en las noticias sobre un nuevo proceso de inmigración para los cónyuges e hijastros de ciudadanos estadounidenses. Si has estado prestando atención, los estafadores también lo han hecho. Pueden llamar, enviar correos electrónicos o mensajes de texto asegurando que tienen acceso especial. O decir que pueden ayudarte a presentar la solicitud ahora, si pagas, por supuesto. Pero son mentiras. Aquí te mostramos cómo averiguar si serás elegible y evitar estafas de inmigración.
Lo primero que debes saber es que el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) no aceptará solicitudes hasta el 19 de agosto de 2024. Su página tiene la información oficial más reciente sobre la elegibilidad y el proceso que podría ayudar a algunos cónyuges e hijastros de ciudadanos estadounidenses a solicitar la residencia permanente legal sin salir del país.

Cuando cambios como este suceden los estafadores aprovechan creando sitios web que parecen oficiales e inventando programas de inmigración que no existen. Para evitar estas estafas, aprende a detectar lo que es falso y:
  • Ten en cuenta que no hay acceso especial ni anticipado. Solo los estafadores aseguran que hay una forma. En su lugar, obtén los detalles más recientes en uscis.gov/es/manteniendofamiliasunidas.
     
  • Busca ayuda preparada en materia de inmigración. Abogados especializados y representantes acreditados están preparados y autorizados para ayudar a las personas con los trámites y el asesoramiento sobre inmigración. No acudas a consultores de inmigración no autorizados, ni a notarios para obtener ayuda legal o de inmigración.
     
  • Nunca pagues por formularios ni firmes documentos en blanco. Los formularios oficiales de inmigración son gratuitos. Si alguien intenta cobrarte por los formularios o te pide que firmes formularios en blanco, estás tratando con un estafador.
     
  • Corre la voz. Aunque este proceso no te beneficie, por favor comparte esta información con personas en comunidades inmigrantes.
¿Sospechas una estafa de inmigración? Informa a la FTC en ReporteFraude.ftc.gov.

*Gema de las Heras es Especialista en Educación del Consumidor, FTC (Comisión Federal de Comercio).
 

Proceso de permiso temporal de permanencia en el país para ciertos cónyuges e hijastros no ciudadanos de ciudadanos estadounidenses

Por USCIS

El 18 de junio de 2024, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) anunció un paso clave para cumplir con el compromiso de promover la unidad familiar en el sistema de inmigración.

DHS establecerá un nuevo proceso para considerar, caso por caso, las solicitudes para ciertos cónyuges no ciudadanos de ciudadanos estadounidenses que han estado físicamente presentes continuamente sin admisión o permiso de permanencia temporal en Estados Unidos durante 10 años o más, no tienen condenas penales que los descualifiquen, no representen una amenaza para la seguridad nacional y la seguridad pública y aprueben la investigación de antecedentes, son elegibles para solicitar el ajuste de estatus; y ameritan un ejercicio favorable de la discreción.

Si se les concede el permiso de permanencia temporal, estos no ciudadanos generalmente podrán solicitar la residencia permanente legal sin tener que salir de Estados Unidos y ser procesados por un consulado de EE. UU. en el extranjero. DHS estima que 500,000 cónyuges no ciudadanos de ciudadanos estadounidenses podrían ser elegibles para acceder a este proceso; en promedio, estos no ciudadanos han residido en Estados Unidos durante 23 años. Se estima que aproximadamente 50,000 hijos no ciudadanos de estos cónyuges son elegibles para solicitar el permiso de permanencia temporal bajo este proceso.

Más información adicional sobre el proceso de solicitud, la tarifa requerida y otra información clave se detallará en una próxima notificación del Registro Federal. USCIS rechazará cualquier presentación recibida antes de la publicación de la notificación del Registro Federal.

FUENTE: uscis.gov/es/manteniendofamiliasunidas
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