Cultura y noticias hispanas del Valle del Hudson
Opinion
Referéndum revocatorio en Venezuela
Por Rosanil Nava
September 2016El referéndum es una consulta popular en la que se les pregunta a los electores de un país si están de acuerdo o no con determinada política pública, proyecto de ley, o cualquier otra decisión de carácter gubernamental, para la que se haya adoptado esta figura en la legislación de un estado.
En el caso de Venezuela, su constitución establece en su artículo 72 el referéndum de tipo revocatorio, que permite abolir mediante el voto el mandato de: “Todos los cargos y magistraturas de elección popular…”; por lo que inclusive se puede solicitar la revocación del presidente de gobierno en funciones, si se cumplen los requisitos previstos del artículo:
- Transcurso de la mitad del período para el que fue elegido el funcionario o funcionaria.
- Petición realizada a favor de la puesta en marcha de un referéndum por un mínimo del 20% del electorado inscrito en la correspondiente circunscripción (en el supuesto de revocatorio presidencial debe ser igual o mayor al 20% de los registrados en cada una de las circunscripciones a nivel nacional).
De darse esas dos condiciones, el Consejo Nacional Electoral (CNE) debe fijar la fecha para preguntar a la ciudadanía si desean o no revocar el mandato de un funcionario previamente electo.
Sin embargo, una solicitud llevada a cabo por el 20% del electorado equivale a pedir la manifestación de voluntad de millones de personas, lo que implica un proceso muy complejo que para ser convocado necesita el cumplimiento de numerosos pasos previos, destacándose entre ellos: la recogida (por parte de los promotores del referéndum) de las firmas y huellas dactilares de al menos el 1% de los electores a favor de dicha petición seguido de la validación de los datos necesarios por el órgano competente.
Debido al descontento con la gestión presidencial, el 14 de abril del presente año, la Mesa de Unidad Democrática (MUD) conformada por la alianza de los partidos opositores al gobierno venezolano, comenzó el proceso de petición de referéndum, y posteriormente, el reciente 3 de agosto consignó ante el CNE la constancia de haber reunido y validado más del doble del apoyo ciudadano requerido para impulsar la consulta popular.
En el comunicado emitido el pasado 9 de agosto por la presidenta del CNE, Tibisay Lucena, expresó que “probablemente la recolección del 20% se llevará a cabo hacia finales de octubre. Una vez cumplidos todos los requisitos normativos.” Luego, ““la misma norma establece una serie de lapsos que son de verificación de las actas, de la procedencia de las manifestaciones y de la convocatoria. En términos generales tendríamos entre 28 y 29 días. Ahí tendría el CNE entre 28 y 29 días para hacer la convocatoria, lo cual debe hacer en los términos que establece la norma”; y 90 días continuos después se celebraría el referéndum revocatorio.
En resumen, hasta la fecha los venezolanos ni siquiera saben cuándo se hará la recolección de firmas en respaldo a la solicitud para revocar al presidente Maduro. Mientras tanto los ciudadanos, sufren la difícil realidad de la escasez de alimentos y medicinas, de sus bajos sueldos, de la inseguridad, de la hiperinflación y de la polarización política; de una realidad problemática que debería pronto ser solventada de forma pacífica y democrática.
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- Transcurso de la mitad del período para el que fue elegido el funcionario o funcionaria.
- Petición realizada a favor de la puesta en marcha de un referéndum por un mínimo del 20% del electorado inscrito en la correspondiente circunscripción (en el supuesto de revocatorio presidencial debe ser igual o mayor al 20% de los registrados en cada una de las circunscripciones a nivel nacional).
De darse esas dos condiciones, el Consejo Nacional Electoral (CNE) debe fijar la fecha para preguntar a la ciudadanía si desean o no revocar el mandato de un funcionario previamente electo.
Sin embargo, una solicitud llevada a cabo por el 20% del electorado equivale a pedir la manifestación de voluntad de millones de personas, lo que implica un proceso muy complejo que para ser convocado necesita el cumplimiento de numerosos pasos previos, destacándose entre ellos: la recogida (por parte de los promotores del referéndum) de las firmas y huellas dactilares de al menos el 1% de los electores a favor de dicha petición seguido de la validación de los datos necesarios por el órgano competente.
Debido al descontento con la gestión presidencial, el 14 de abril del presente año, la Mesa de Unidad Democrática (MUD) conformada por la alianza de los partidos opositores al gobierno venezolano, comenzó el proceso de petición de referéndum, y posteriormente, el reciente 3 de agosto consignó ante el CNE la constancia de haber reunido y validado más del doble del apoyo ciudadano requerido para impulsar la consulta popular.
En el comunicado emitido el pasado 9 de agosto por la presidenta del CNE, Tibisay Lucena, expresó que “probablemente la recolección del 20% se llevará a cabo hacia finales de octubre. Una vez cumplidos todos los requisitos normativos.” Luego, ““la misma norma establece una serie de lapsos que son de verificación de las actas, de la procedencia de las manifestaciones y de la convocatoria. En términos generales tendríamos entre 28 y 29 días. Ahí tendría el CNE entre 28 y 29 días para hacer la convocatoria, lo cual debe hacer en los términos que establece la norma”; y 90 días continuos después se celebraría el referéndum revocatorio.
En resumen, hasta la fecha los venezolanos ni siquiera saben cuándo se hará la recolección de firmas en respaldo a la solicitud para revocar al presidente Maduro. Mientras tanto los ciudadanos, sufren la difícil realidad de la escasez de alimentos y medicinas, de sus bajos sueldos, de la inseguridad, de la hiperinflación y de la polarización política; de una realidad problemática que debería pronto ser solventada de forma pacífica y democrática.
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Comments | |
Comentario: Excelente reportaje
Posted: 9/27/2016 |