Columna Legal
Víctimas de si mismo
September 2007El 15 de agosto el Cuerpo de Apelaciones de Inmigración afirmó las bases para que un inmigrante que pretenda obtener su residencia bajo la sección 245i tenga que probar que la solicitud de residencia anterior era aprobable en el momento que fue sometida, caso contrario el ajuste de estadía que solicite será negado y puesto en proceso de deportación como ocurrió con Luis Jara-Riero y Paul Jara-Espinol.
Un caso es considerado aprobable preservando la fecha de prioridad y están protegidos de los beneficios que le otorga la sección 245i, si fue sometido por una relación verdadera y verificable con un empleador o con un familiar residente o ciudadano; sin importar que el caso fuera retirado, negado o revocado basado en circunstancias que ocurrieron después de que el caso fuera sometido.
Para que el gobierno sostenga la fecha de prioridad de un caso, la solicitud de residencia tuvo que haber sido presentada correctamente con documentos verdaderos que comprueben la relación anterior y la actual, y adjuntar evidencia suficiente para probar que la relación fue y es verdadera.
En el caso de Luis y Paul, sus casos fueron negados, puestos en procesos de deportación y condenados a que si no salen dentro de la fecha determinada, serán multados hasta $5,000 dólares, removidos a la fuerza y considerados inadmisibles para obtener residencia por un periodo de 10 años.
Esta decisión fortalece la importancia de mis 5 puntos básicos (Intención, Buena Fe, Admisibilidad, Preparación de la Documentación y Poder de Discreción de Inmigración). Por ello, considérelos antes de obtener cualquier visa temporal, residencia permanente y hasta la ciudadanía norteamericana, para no ser víctima de su propio error.
Recuerde que siempre hay mucho más para analizar antes de formular una estrategia legal.
*Eduardo Juárez es presidente de la Fundación Internacional del Inmigrante. Para asesoramiento o preguntas sobre inmigración, visite la Fundación Internacional del Inmigrante en el Edificio del Inmigrante: 7 West Calle 44, Manhattan, N.Y. o llame al (212) 302-2222. www.fundaciondelinmigrante.com
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