Columna Legal
Acoso sexual en el lugar de trabajo
Por Oficina del fiscal general de Nueva York
August 2014El acoso sexual es una forma de discriminación basada en género. Involucra conducta sexual inoportuna que:
Es utilizada como base de contratación u otras decisiones de empleo, como promociones, aumentos de sueldo o asignaciones del trabajo; o
· Crea un ambiente laboral intimidante, hostil u ofensivo.
El acosador puede ser un supervisor, un compañero de trabajo o alguien que no es un empleado, como un cliente. El acoso es ilegal cuando es tan frecuente o grave que crea un ambiente laboral hostil u ofensivo, o cuando resulta en una decisión adversa del empleo.
El acoso sexual puede ser verbal, visual y físico, incluyendo:
· Comentarios o bromas sexualmente ofensivos;
· Manoseos o contacto físico no deseados;
· Actos sexuales obligados;
· Peticiones de favores sexuales de manera sexualmente insinuante (por ejemplo, pedir a un empleado que busque monedas de los bolsillos del pantalón de un supervisor);
· Mostrar imágenes pornográficas;
· Comentarios (halagadores o despectivos) sobre el género o la preferencia sexual de una persona;
· Gestos sexuales (por ejemplo, pantomima de actos sexuales).
El acoso sexual está prohibido por el Título VII de la Ley federal de Derechos Civiles de 1964, la ley de derechos humanos del estado de Nueva York y, en ciertas instancias, leyes locales (por ejemplo, el código administrativo de la ciudad de Nueva York).
Presentar quejas
Primero, siga los procedimientos del empleador: Ud. primero debería contactar a la persona u oficina designada por su empleador para recibir quejas como estas.
Consulte a un abogado
Aparte de notificar el acoso a su empleador, es aconsejable que consulte con un abogado que le pueda explicar todas las opciones. Note que hay fechas límites para presentar una queja según cada ley que prohíbe el acoso sexual. Pregunte a las agencias listadas sobre procedimientos específicos y los límites temporales que aplican.
La oficina del Fiscal General del estado de Nueva York (OAG) Departamento de Derechos Civiles
La oficina de derechos civiles determina si sus experiencias son evidencia de un patrón, práctica o póliza de acoso sexual que afecta a mucha gente. Puede ser que la oficina luego emprenda una investigación y acción legal contra el empleador. NOTA: El Fiscal General representa a la gente del estado de Nueva York, no a la persona que hace la queja. Presentar una queja con la oficina del Fiscal General no es substituto de llevar un caso a la corte, y no afecta ningunas de las fechas límites u otros requisitos administrativos para presentar una queja en la corte o con otras agencias del gobierno.
Si Usted cree que ha sido víctima del acoso sexual, puede contactar al: Departamento de Derechos Civiles, Oficina del Fiscal General del Estado de Nueva York, 120 Broadway, Nueva York, NY 10271; o a (212) 416-8250 o (800) 771-7755; o a [email protected].
Protecciones contra represalia
La represalia por presentar una queja está prohibida por ley. Si esto ocurre, Ud. puede tener una demanda separada de represalia junto con su demanda de acoso sexual. La represalia ocurre cuando los términos y condiciones del empleo de una persona cambian desfavorablemente como resultado del reporte de acoso sexual por esa persona o su cooperación con una investigación de acoso sexual. Si cree que ha sufrido represalia, debería consultar a un abogado y averiguar las fechas límites específicas y procedimientos que apliquen.
El acoso sexual fuera del lugar de trabajo
El acoso sexual puede ocurrir en otros contextos fuera del lugar de empleo: en la vivienda, la escuela u otras instalaciones públicas. Si cree que ha sido acosado sexualmente por, por ejemplo, un dueño, un maestro o un proveedor de servicios, debería consultar a un abogado quien le puede explicar las opciones disponibles.
A veces el acoso es criminal
Si el acoso incluye contacto físico, reclusión física forzada o actos sexuales forzados, la conducta puede constituir un delito. Si cree que ha sido una víctima de un delito, debería llenar un informe en su estación local de policía. Vale aclarar que la conducta no necesita ser criminal en su carácter para constituir discriminación de género.
RECURSOS
Oficina del Fiscal General
120 Broadway, Nueva York, NY 10271
(212) 416-8250
Comisión para la igualdad de Oportunidades en el Empleo
1-800-669-4000
1-800-669-6820 (TTY)
eeoc.gov
NYC División de Derechos Humanos
http://www.dhr.ny.gov
1-888-392-3644
NYC Comisión de Derechos Humanos
(NYCCHR)
311 or 212-306-7450
http://www.nyc.gov/html/cchr/
FUENTE: Estado de Nueva York, Oficina del Fiscal General y la Oficina de los Derechos Civiles
La Voz, Cultura y noticias hispanas del Valle de Hudson
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