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Recursos

Lo que los inmigrantes indocumentados necesitan saber sobre la reforma migratoria

Por La Voz
September 2013
 Todavía no se ha aprobado ninguna ley. Faltan meses antes de que la legislación sea aprobada por el congreso. Los requisitos pueden cambiar al momento de que la reforma sea evaluada en el congreso.

Una vez que haya una ley, faltarán por lo menos seis meses antes de que USCIS empiece a aceptar aplicaciones.

Creemos que una reforma migratoria será aprobada este otoño. USCIS probablemente empezará a aceptar solicitudes en la primavera de 2014 cuanto antes.

Según la propuesta actual, para calificar uno debe haber vivido aquí ilegalmente antes del 31 de diciembre de 2011.

Usted necesitará comprobar su presencia en EE.UU. a partir del 31 de diciembre de 2011 con documentos. Las reglas para trabajadores agrícolas son diferentes. La esposa e hijos de los solicitantes que califiquen deben haber estado en el país desde el 31 de diciembre de 2012.

Aquellos con condenas penales, condenas por tres o más delitos y aquellos que hayan sido convictos en otros países estarán excluidos.

Para obtener estatus de inmigrante provisional, usted debe haber pagado todos los impuestos que deba.

Después de diez años, los inmigrantes provisionales puede aplicar para obtener la residencia permanente (green card). Aquellos que entraron al país antes de los 16 años pueden aplicar después de cinco años.

Para obtener la residencia, el inmigrante provisional deberá pasar un examen de inglés y de civismo.

Usted puede prepararse para la legalización al:

  • Preparar documentación de su presencia en los Estados Unidos, como expedientes médicos, reportes escolares, documentación de bancos y tarjetas de crédito, recibos de renta y teléfono.

  • Obtener su acta de nacimiento y traducirla al inglés si está en otro idioma.

  • Obtener un pasaporte válido. Puede obtener información de cómo hacer esto a través del consulado de su país.

  • Reportar sus ingresos al IRS. Si usted no tiene tarjeta de seguridad social, llene y envíe el formulario W-7 con sus devoluciones de impuestos y el IRS le otorgará un número de identificación de contribuyente (Individual Tax Identification Number) con el fin de servir de documentación.

  • Mantenga todos sus documentos importantes en el refrigerador para protegerlos de incendios.

FUENTE: CUNY Citizenship Now!

Fraude de inmigración

Cuidado con fraudes de Notario Público. En muchos países de habla española un Notario Público es un abogado. En los Estados Unidos, no lo son (aunque muchos abogados pueden ofrecerlos mismos servicios). Los Notarios Públicos pueden certificar su identidad y las firmas (y cobrar una pequeña cuota), pero no pueden representarlo ante el USCIS, en la corte de inmigración, ni darle consejo legal.

Si usted es una víctima de fraude de inmigración, llame a la Línea Directa de la Fiscalía General Contra el Fraude de Inmigración, al 1-866-390-2992 o visite www.ag.ny.gov. No vamos a preguntar sobre su estatus migratorio o compartir esa información con nadie.

Más recursos

• Línea Directa de Inmigración del Estado de Nueva York: 1-800-566- 7636 – correo electrónico: [email protected]. Operada por la Oficina de Asistencia Temporal y Discapacidad del Estado de Nueva York-Oficina de Refugiados y Asistencia d  Inmigrantes, que podrán suministrar referencias a organizaciones sin fines de lucro.

• El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (USCIS): 1-800-375-5283 o en el sitio 

www.uscis.gov/immigrationpractice

• Para obtener una lista de servicios legales gratuitos, visite Departamento de Justicia de EE.UU: 

http://www.usdoj.gov/eoir/probono/states.htm

• Para las organizaciones acreditadas por el Consejo de Apelaciones de Inmigración (BIA): www.

usdoj.gov/eoir/statspub/raroster.htm

• Para encontrar un abogado con licencia y otros recursos legales, visite la página de la Asociación de Abogados de Nueva York el New York en www.nysba.org o la Asociación Americana de Abogados de Inmigración (AILA) en www.aila.org

FUENTE: Oficina del Fiscal General del Estado de Nueva York



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Comments

Comentario: Para los que estén interesados en saber cómo funciona la acción ejecutiva del presidente Obama en materia de inmigración que anunció el 20 de noviembre de 2014, favor de leer la información publicada por USCIS, la agencia de inmigración federal, aquí: www.uscis.gov/es/accionmigratoria
Posted: 11/25/2014